lun. Oct 12th, 2026
Eliana Rodríguez junto a sus hijas Renata y Sofía, víctimas del triple femicidio de Villa Angus en Zárate

Eliana Rodríguez y sus hijas Renata y Sofía fueron asesinadas en marzo de 2023. Después vinieron las marchas, la espera, las pruebas, los testimonios y un juicio que reconstruyó lo ocurrido dentro y alrededor de aquella casa de Villa Angus. El 11 de septiembre de 2026, Juan José Cruza fue condenado a prisión perpetua. Esta es la historia de cómo se llegó hasta ese fallo y de las preguntas que el caso todavía deja abiertas.

El final empezó a escribirse a las 12:24

El viernes 11 de septiembre de 2026, en la sede judicial de Campana, comenzó la lectura del veredicto.

Eran aproximadamente las 12:24.

Juan José Cruza había vuelto a rechazar la posibilidad de hablar ante los jueces y pidió no permanecer en la sala cuando se conociera la decisión.

Poco después, la Justicia pronunció las palabras que la familia llevaba más de tres años esperando:

prisión perpetua.

Pero aquella mañana no empezó el caso Villa Angus. Fue apenas el desenlace judicial de una historia que había comenzado tres años antes, en una casa de Zárate, y que desde entonces atravesó movilizaciones, expedientes, pericias, cámaras de seguridad, testimonios y audiencias.

Una casa en Villa Angus y tres víctimas

En marzo de 2023, Eliana Rodríguez y sus hijas Renata y Sofía fueron halladas sin vida en una vivienda de Villa Angus, en la zona de Pavón y Tres de Febrero.

La investigación determinó que habían sido atacadas y que posteriormente se había iniciado un incendio en la propiedad. Desde las primeras horas, una de las hipótesis centrales fue que el fuego había sido provocado para intentar eliminar rastros de lo ocurrido.

Juan José Cruza, expareja de Eliana y padre de una de las niñas, quedó detenido y se convirtió en el único acusado llevado a juicio por el triple crimen.

Vecinos tuvieron intervención en su retención hasta la llegada de la Policía.

El impacto en Zárate fue inmediato.

Apenas días después, familiares y allegados comenzaron a movilizarse para reclamar justicia y para que el caso no desapareciera con el paso del tiempo.

Esa consigna los acompañaría durante más de tres años.

El dato que volvió todavía más grave la historia

Cuando ocurrió el triple femicidio, Cruza tenía un pedido de captura activo desde el 18 de febrero de 2023 vinculado con una condena anterior por robo calificado.

Había accedido al régimen de salidas transitorias y no había regresado al lugar de detención.

Es decir: cuando ocurrieron los crímenes de Villa Angus, se encontraba evadido y era buscado por la Justicia.

Ese antecedente nunca fue un dato secundario.

La sentencia resolvió la responsabilidad penal de Cruza por los asesinatos. Pero el caso deja además una pregunta institucional que excede al autor material:

¿Cómo una persona que cumplía una condena, que no había regresado de una salida transitoria y sobre la cual pesaba un pedido de captura continuó en libertad hasta que ocurrió uno de los hechos criminales más graves de la historia reciente de Zárate?

Lo que las cámaras empezaron a contar

Durante el juicio, registros obtenidos de cámaras de seguridad instaladas frente a la vivienda se convirtieron en una parte importante de la reconstrucción.

Según lo expuesto durante las audiencias, las imágenes ubicaban a Cruza en las inmediaciones de la casa antes del incendio.

La secuencia incorporada al debate también permitió observar movimientos en el lugar y un cambio en la iluminación coincidente con el momento en que comenzaba el fuego.

Pero las cámaras no fueron el único elemento.

El celular de Eliana y los mensajes que llamaron la atención

Antes del comienzo del juicio, el abogado de la familia, Marcelo Urra, había señalado otro aspecto de la investigación.

Luego de los ataques se habrían producido comunicaciones desde el teléfono de Eliana.

La particularidad era que algunas respuestas fueron realizadas mediante mensajes escritos cuando familiares y allegados sostenían que ella acostumbraba comunicarse principalmente mediante audios.

Para la querella, aquellas comunicaciones formaban parte de un intento por simular que Eliana continuaba utilizando su teléfono y responder a quienes comenzaban a preocuparse por ella.

Fue otra pieza dentro de una investigación construida a partir de numerosos indicios, registros y testimonios.

El hombre que estuvo con Cruza antes del incendio

Una de las declaraciones más significativas apareció durante la segunda jornada del juicio.

Un testigo afirmó que durante aquella madrugada había estado con Cruza a unos 50 metros de la vivienda.

Declaró que ambos consumieron drogas que el acusado habría llevado consigo y aseguró que, durante ese encuentro, Cruza le mostró una cuchilla.

Según su relato, en determinado momento Cruza se alejó del lugar durante aproximadamente media hora.

Cuando volvió, ambos advirtieron que comenzaba a salir humo de la vivienda.

No fue una versión reconstruida posteriormente por los medios: se trató de un testimonio brindado ante el Tribunal y sometido, junto con el resto de las pruebas, a la valoración de los jueces.

El cable, la pileta y los vecinos que intentaban apagar el fuego

Otro testimonio incorporó uno de los episodios menos difundidos públicamente del juicio.

Un joven declaró que, al advertir el incendio, intentó acercarse a la vivienda junto con un primo para colaborar.

Según afirmó ante el Tribunal, Cruza habría intentado impedirles llegar hasta la casa.

Pero el relato continuó.

El testigo sostuvo que el acusado cortó un cable eléctrico que todavía tenía corriente y lo introdujo en una pileta de la que los vecinos estaban sacando agua para combatir el incendio, antes de la llegada de los bomberos.

Por tratarse de afirmaciones formuladas por un testigo, corresponde mantener esa atribución y no presentarlas como hechos comprobados independientemente por MARCANDO AGENDA.

Pero aquel relato formó parte de la evidencia escuchada por los jueces durante el debate.

Tres años en los que la familia no dejó de marchar

Entre los crímenes y la sentencia pasaron más de tres años.

La espera no fue silenciosa.

Familiares, amigos y vecinos realizaron movilizaciones y reclamos públicos para mantener presente la memoria de Eliana, Renata y Sofía y exigir una respuesta judicial.

Incluso pocos días antes del desenlace del juicio, una nueva marcha volvió a recorrer las calles de Zárate.

El punto de partida fue el lugar donde había ocurrido el crimen.

El destino, Plaza Mitre.

Volvieron los carteles, los pedidos de justicia, la consigna Ni Una Menos y el reclamo por una condena ejemplar.

Para entonces habían pasado más de tres años.

Pero para la familia, el tiempo no había convertido el caso en pasado.

Fiscalía pidió perpetua. La defensa pidió la absolución

Cuando llegó el momento de los alegatos, las posiciones quedaron planteadas con claridad.

El fiscal Martín Zocca solicitó prisión perpetua.

La querella encabezada por Marcelo Urra acompañó el pedido de máxima pena y realizó además planteos específicos respecto del régimen bajo el cual debía cumplirse la condena.

La Defensa Oficial sostuvo la posición opuesta.

Cuestionó la suficiencia de las pruebas reunidas y pidió que Cruza fuera absuelto.

El acusado tuvo la posibilidad de declarar durante el juicio.

Optó por no hacerlo.

Finalmente, el Tribunal rechazó la tesis defensiva y lo declaró penalmente responsable.

La perpetua y un dato jurídico que conviene explicar

El fallo condenó a Juan José Cruza a prisión perpetua.

Después de la sentencia, distintas coberturas periodísticas hablaron de una pena con un horizonte de hasta 50 años, mientras que el abogado de la familia sostuvo públicamente que el Tribunal había receptado el planteo realizado por la querella.

Pero jurídicamente conviene evitar una simplificación frecuente:

prisión perpetua no significa automáticamente “50 años de cárcel”.

El régimen penal argentino contempla distintas reglas para las penas perpetuas y para la posibilidad de solicitar determinados beneficios.

Además, el artículo 14 del Código Penal establece restricciones específicas para quienes son condenados por los homicidios agravados comprendidos en el artículo 80, entre ellos los casos encuadrados dentro de esas figuras especialmente graves.

Por eso, sin reducir una sentencia compleja a un número, lo preciso es informar que Cruza fue condenado a prisión perpetua y que el régimen aplicable establece restricciones particularmente severas respecto de una futura libertad condicional.

“Estamos como el primer día”

La sentencia significó alcanzar la respuesta judicial que la familia había reclamado durante años.

Pero ninguna condena puede modificar el dato central de esta historia.

Eliana, Renata y Sofía no vuelven.

Después de conocerse el fallo, Mía, hija de Eliana y hermana de las víctimas, lo resumió con una frase que atravesó cualquier discusión jurídica:

“Estamos como el primer día, destrozados, porque no las vamos a tener”.

Hubo justicia en términos judiciales.

Pero no hubo —ni podía haber— reparación completa.

Lo que termina y lo que todavía queda

El juicio puso un punto decisivo dentro del expediente.

Juan José Cruza fue declarado responsable y condenado a prisión perpetua.

Pero el caso Villa Angus permanece en la memoria de Zárate por algo que va mucho más allá de una sentencia.

Por Eliana Rodríguez.

Por Renata y Sofía.

Por una familia que sostuvo durante más de tres años un reclamo de justicia.

Por los vecinos que aquella jornada intentaron intervenir.

Por las cámaras, testimonios y pericias que permitieron reconstruir lo ocurrido.

Y también por una pregunta que el veredicto contra Cruza no responde por sí mismo:

qué falló antes del crimen para que una persona evadida de una condena y con pedido de captura permaneciera en libertad hasta aquel día.

La Justicia finalmente llegó a una conclusión penal.

Para Zárate, probablemente la historia no termine con la sentencia.

Fuentes consultadas: Código Penal de la Nación y Ley 27.375; coberturas judiciales y de archivo de La Voz de Zárate, Deltacom, Impacto Local y El Campanense Diario.

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