lun. Oct 12th, 2026
Imagen editorial sobre la causa AMIA y el procesamiento de ocho acusados por el atentado de 1994.La Justicia procesó a siete ciudadanos iraníes y un libanés y avanza el procedimiento bajo el régimen de juicio en ausencia.

El juez federal Daniel Rafecas procesó este lunes a siete ciudadanos iraníes y un libanés por sus presuntas responsabilidades en la planificación y ejecución del atentado de 1994. Dispuso embargos por US$500 millones para cada uno. Horas después, Casación rechazó un planteo contra el régimen de juicio en ausencia y despejó el camino para que el proceso continúe sin la presencia de los imputados.

La causa por el atentado contra la AMIA registró este lunes 21 de septiembre dos decisiones judiciales de relevancia, a más de 32 años del ataque terrorista que provocó 85 muertes y dejó 151 personas heridas en Buenos Aires.

Por un lado, el juez federal Daniel Rafecas, a cargo de manera subrogante del Juzgado Federal N.º 6, dictó el procesamiento de siete ciudadanos iraníes y un ciudadano libanés por sus presuntas participaciones en la planificación y ejecución del atentado del 18 de julio de 1994.

La resolución judicial tiene 648 páginas y dispuso además un embargo de US$500 millones sobre los bienes de cada uno de los ocho procesados.

Pero la jornada incorporó posteriormente otro elemento importante: la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el planteo de inconstitucionalidad formulado por la defensa oficial contra la Ley 27.784, que regula el juicio en ausencia.

De esta manera, quedó habilitada la continuidad del procedimiento aun cuando los acusados no se encuentren presentes ante la Justicia argentina.


¿Quiénes son los ocho procesados?

Entre los procesados aparecen exfuncionarios y exrepresentantes iraníes a quienes la investigación atribuye diferentes responsabilidades vinculadas con la preparación del ataque.

Entre ellos figuran Hadi Soleimanpour, exembajador iraní en Argentina; Mohsen Rabbani, quien se desempeñó como consejero cultural de la embajada iraní; y Ahmad Asghari, señalado en la investigación como integrante de inteligencia de la Guardia Revolucionaria iraní.

El octavo procesado es Salman Raouf Salman, también conocido como Samuel El Reda, ciudadano libanés vinculado a Hezbollah, a quien la resolución atribuye participación en la coordinación operativa de la fase final del atentado en Buenos Aires.

El dato central

8 procesados
Siete iraníes y un libanés.

US$500 millones
Es el embargo dispuesto sobre los bienes de cada procesado.

85 víctimas fatales
El atentado contra la AMIA ocurrió el 18 de julio de 1994.

151 heridos
Es la cifra consignada en las resoluciones y coberturas judiciales consultadas.


¿Qué significa un juicio en ausencia?

Este punto es fundamental para entender por qué lo ocurrido hoy adquiere relevancia.

Durante años, la imposibilidad de lograr la comparecencia de los acusados constituyó uno de los principales obstáculos para avanzar hacia un juicio.

El régimen de juicio en ausencia permite, bajo determinadas condiciones establecidas legalmente, continuar un proceso penal aunque los acusados declarados rebeldes no estén físicamente presentes.

La defensa oficial cuestionó la constitucionalidad del mecanismo.

Entre sus argumentos planteó que la realización de un juicio sin los imputados presentes podría afectar garantías vinculadas al ejercicio efectivo del derecho de defensa y a la posibilidad de obtener un nuevo juicio si posteriormente los acusados comparecieran ante la Justicia argentina.


Casación rechazó el planteo de la defensa

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ángela Ledesma, Diego Barroetaveña y Carlos Mahiques, rechazó este lunes ese planteo.

El tribunal consideró que parte de las objeciones formuladas eran prematuras, ya que actualmente no existe una condena dictada en ausencia ni se produjo la posterior presentación de alguno de los acusados solicitando un nuevo debate.

Casación sostuvo además que no se habían acreditado, en esta etapa, violaciones constitucionales que justificaran invalidar la aplicación de la norma.

En consecuencia, la vía judicial para continuar con el proceso en ausencia quedó habilitada.


¿Esto significa que el juicio oral comienza ahora?

No.

Es una distinción importante para no sobredimensionar la noticia.

Las resoluciones conocidas este lunes constituyen avances procesales relevantes, pero no equivalen al inicio inmediato del juicio oral ni representan una condena.

Los ocho acusados fueron procesados y continúan amparados por el principio de inocencia mientras no exista una sentencia firme.

Además, la resolución de Rafecas puede ser recurrida y todavía quedan instancias procesales antes de llegar al debate oral.

Por eso, la formulación periodísticamente más precisa es:

La causa avanzó hacia un eventual juicio en ausencia.

No que los acusados hayan sido condenados ni que el juicio haya comenzado.


Una causa atravesada por más de tres décadas

El atentado contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) ocurrió durante la mañana del 18 de julio de 1994, en Pasteur 633, en la ciudad de Buenos Aires.

La explosión destruyó el edificio y provocó 85 muertes y 151 heridos, convirtiéndose en el atentado terrorista más letal cometido en territorio argentino.

La investigación atravesó durante más de tres décadas diferentes procesos judiciales, acusaciones de encubrimiento, órdenes de captura internacional y dificultades para lograr que los imputados comparecieran ante tribunales argentinos.

Los acusados alcanzados por las decisiones actuales permanecen fuera del alcance de la Justicia argentina.


La investigación sobre la responsabilidad del atentado

Según la reconstrucción incorporada por Rafecas a su resolución, la hipótesis judicial sostiene que la decisión de realizar el atentado fue adoptada en 1993 por autoridades del régimen iraní y que su ejecución fue encomendada a Hezbollah, mediante una estructura con apoyo regional y local.

Es importante mantener aquí la atribución: se trata de la conclusión sostenida por la investigación judicial argentina, no de una afirmación editorial de MARCANDO AGENDA.

La resolución de Rafecas atribuye distintos grados de participación a los procesados y encuadra penalmente los hechos investigados.


¿Qué puede pasar ahora?

El expediente continuará atravesando distintas instancias judiciales.

Una de las cuestiones pendientes es determinar cómo seguirá la causa hacia un eventual debate oral. Además, el expediente fue remitido a la Corte Suprema de Justicia para resolver si corresponde su unificación con la investigación relacionada con el atentado contra la Embajada de Israel ocurrido en Buenos Aires en 1992.

La resolución de Casación elimina, al menos en esta instancia, uno de los cuestionamientos que podían impedir el avance mediante el mecanismo de juicio en ausencia.

Por eso, lo ocurrido este lunes representa un nuevo capítulo judicial dentro de una causa que lleva más de tres décadas sin que los principales acusados hayan comparecido ante un tribunal argentino.


Memoria, verdad y justicia

Treinta y dos años después del atentado, las decisiones conocidas este lunes no representan el final de la causa.

Tampoco constituyen una sentencia contra los acusados.

Sí modifican el escenario procesal: ocho personas fueron formalmente procesadas y la Justicia dejó habilitada la utilización del juicio en ausencia para continuar el procedimiento pese a que los imputados no comparezcan en Argentina.

Para los familiares de las víctimas y para la sociedad argentina, comienza ahora una nueva etapa de un expediente que atravesó generaciones enteras.

La investigación continúa.

Fuentes

Infobae — Procesamiento de los ocho acusadosInfobae — Casación y el juicio en ausenciaEl País — La Justicia argentina procesa a siete iraníes y un libanésNoticias Argentinas — Causa AMIA

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